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Familia

La gestación por sustitución en Argentina: análisis del fallo de la CSJN en el caso «S., I. N. c/ A., C. L.»

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Una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre gestación por sustitución vuelve a poner en primer plano un problema que el derecho argentino todavía no resolvió de manera expresa.

El caso se origina en una pareja de varones que recurrió a una mujer gestante para tener un hijo. Ella prestó su consentimiento sin intención de asumir la maternidad, pero el niño fue inscripto como hijo de la gestante y de uno de los integrantes de la pareja. El conflicto llegó a la Justicia para determinar si ambos hombres podían ser reconocidos como padres.

La gestación por sustitución no está prohibida en Argentina, pero tampoco cuenta con una regulación específica. Frente a ese vacío, la Corte aplicó el artículo 562 del Código Civil y Comercial, según el cual la filiación corresponde a quien da a luz y a quien prestó el consentimiento previsto por la ley.

El fallo prioriza la división de poderes y establece que corresponde al Congreso, y no a los jueces, definir cómo debe regularse esta práctica. Al mismo tiempo, pone en discusión derechos centrales como la igualdad, la identidad y el interés superior del niño.

La decisión deja en evidencia la tensión entre los avances en reproducción asistida, las nuevas formas de familia y una legislación que todavía no ofrece respuestas completas. La necesidad de una regulación específica resulta cada vez más clara: hace falta brindar seguridad jurídica y contemplar las consecuencias reales de una práctica que ya existe.

Para comprender el alcance del fallo y sus efectos, el desarrollo se organiza en el siguiente recorrido:

Índice

1. La gestación por sustitución ante la Corte Suprema

El contexto del caso.
Los avances en reproducción asistida.
La falta de respuestas legales específicas.

2. Antecedentes del conflicto

La decisión de una pareja de varones de recurrir a una gestante.
El consentimiento libre y altruista de la mujer.
La inscripción inicial del niño.
El pedido de reconocimiento de ambos hombres como padres.

3. El marco legal argentino

Las fuentes de filiación previstas en el Código Civil y Comercial.
La regla del artículo 562.
La determinación de la maternidad por el hecho del parto.
La ausencia de regulación sobre gestación por sustitución.

4. Una regulación eliminada durante el debate legislativo

La propuesta incluida en el anteproyecto del Código.
Su posterior exclusión.
Los dilemas jurídicos y éticos considerados por el Congreso.

5. Los fundamentos del fallo

5.1. La división de poderes

El límite de la intervención judicial.
La competencia del Congreso para regular la materia.
La decisión de no crear una solución por vía jurisprudencial.

5.2. La interpretación del artículo 562

El carácter obligatorio de las normas sobre filiación.
La maternidad determinada por el parto.
Los límites de los acuerdos entre las partes.

5.3. Los derechos constitucionales involucrados

Derecho a la igualdad.
Interés superior del niño.
Derecho a la identidad.
Orientación sexual y trato no discriminatorio.

6. Las consecuencias de la decisión

Los límites impuestos a la actuación de los jueces.
La incertidumbre para las familias que recurren a esta práctica.
Las dificultades derivadas de la falta de regulación.
La necesidad de un debate legislativo amplio.

7. El futuro de la gestación por sustitución en Argentina

La actualización del marco normativo.
La protección de quienes participan en el proceso.
La necesidad de brindar seguridad jurídica.
La adaptación del derecho a nuevas realidades familiares.

Conclusión

El fallo confirma que la gestación por sustitución continúa siendo una práctica sin regulación específica en Argentina. La Corte aplicó las reglas vigentes y dejó en manos del Congreso la creación de una solución integral.

Mientras ese debate siga pendiente, permanecerán abiertas situaciones complejas para los niños, las personas gestantes y quienes buscan formar una familia mediante estas técnicas.